Corte confirma condena contra un exmagistrado por ordenar ilegalmente el arresto de un abogado

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra un entonces magistrado del Consejo Superior de la Judicatura de Tolima, por incurrir en el delito de ‘Privación Ilegal de la Libertad’ (art. 174, Código Penal).

Concretamente, en medio de una audiencia, el magistrado ordenó el arresto de un abogado (quien representaba a los procesados), sin permitirle contradicción alguna y sin siquiera motivar su decisión. Incluso, pese a la solicitud de revocatoria presentada por el Ministerio Público, el magistrado había rechazado la misma por “improcedente”.

Pues bien, aunque en el país el arresto es una sanción de tipo correccional permitida al juez en ejercicio de los poderes disciplinarios que la ley le confiere (art. 52, Dto. 2591; art. 59, Ley 270; art. 144, Ley 600; art. 143, Ley 906; arts. 44 y 221, CGP), tal imposición exige en todo caso que su determinación se inscriba en el marco del debido proceso. 

En ese sentido, el Juez no puede hacer uso indebido de esta potestad disciplinaria e incurrir en actuaciones no ajustadas a derecho o arbitrarias, nugatorias de los derechos fundamentales de las personas, anotó la Sala.

Con base en las normas señaladas, la Corte indicó que la mencionada medida exige para su legal imposición que se cumpla el proceso debido, lo que implica (i) que se le permita al disciplinado ser oído -derecho de defensa-; (ii) la obligación del funcionario judicial de motivar la decisión – derecho de contradicción- para lo cual deberá ponderar la gravedad de la falta -principio de proporcionalidad-; y (iii) que se le permita al sancionado recurrir la decisión sancionatoria.

En el caso concreto, la Corte constató que se había privado injustamente al profesional de su libertad, en detrimento de sus derechos fundamentales del profesional, encontrando además acreditado el delito imputado; por lo cual decidió confirmar la condena en contra del entonces magistrado.


Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. Sentencia SP347-2022, Radicado N° 60199, dieciséis (16) de febrero de dos mil veintidós (2022). M.P. Diego Eugenio Corredor Beltrán.

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